Vigilancia Administrativa: la clave para un ejercicio eficiente y eficaz en el servicio público.

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29 de Septiembre del 2021

VIGILANCIA ADMINISTRATIVA: LA CLAVE PARA UN EJERCICIO EFICIENTE Y EFICAZ EN EL SERVICIO PÚBLICO.

Culturalmente las sociedades a través del tiempo y del paso de estructuras económicas y sociales, han depuesto expresiones y tradiciones propias de su cosmovisión, por elementos de corte económico y social en donde el control, la medida y el espacio de lo material, ha estado unida a una dinámica y mentalidad del desarrollo, asumido al poder que da el tener, y su ascenso en las doctrinas sociales y económicas que el mundo predica en la contemporaneidad.

Esta concepción del tener asumido a un desarrollo controlado, no ha estado ajena ni lejana a los determinantes que el mundo moderno conjuga, a la hora de hacerle un seguimiento a las actuaciones sociales, en las que se determina el progreso y desarrollo, o el declive y descenso de aspectos funcionales en la consolidación de estructuras en todo ámbito social.

Desde esta perspectiva la palabra “Control” aparece indiscutiblemente en el escenario social, como una garantía al desarrollo y sus movimientos en el tiempo, es por esto que controlar desde una visión sistémica, hace posible que los resultados de un proceso determinado, sean la respuesta a una multiplicidad de factores de acompañamiento y seguimiento que en los resultados esperados, se consolidan en cifras y porcentajes necesarios, para las organizaciones materializar su avance y hegemonía socioeconómica o socio administrativa.

El escenario administrativo y estatal ha estado unido a esta concepción del desarrollo y el progreso en el mundo, asumido y estandarizado a un control permanente y funcional, de cara a una función eficiente y eficaz, que dé respuesta a las necesidades y desafíos de las comunidades, que como eje central son el objeto de toda intervención social.

El Estado colombiano a través de la Ley 734 de 2002 denominada Código Disciplinario Único, regula el ejercicio de la potestad disciplinaria del estado  que tiene como  finalidad de la ley disciplinaria,  la prevención y buena marcha de la gestión pública, al igual que la garantía en el cumplimiento de los fines y funciones del Estado, en relación con las conductas de los servidores que los afecten o pongan en peligro.

Esta regulación hace posible que más allá de la norma, el ejercicio de protección, control y cuidado de los ciudadanos, sean el motivo principal por medio del cual se define y se centra todo el accionar y fines del Estado, como lo predica  el artículo número dos (2) de la Constitución Política de Colombia que reza lo siguiente “Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares”.

Es así como el ejercicio de vigilar se traduce en un servicio óptimo que dé respuesta a las necesidades sociales, por eso la tarea de regular y controlar las dinámicas de trabajo y servicio, hace posible que exista un control disciplinario, renovado, conducente a acciones legitimas desde el Estado, que se consolide más allá de la inspección y vigilancia, en una herramienta de auto observación y auto crítica a los procesos que se llevan a cabo en nuestras organizaciones, de ahí que referentes interrogativos, surjan de esta relación bio-administrativa, que lleve a la práctica social de conductas de alto nivel e impacto administrativo, que permitan finalmente responder estos enunciados: ¿Cómo lo hago?, ¿ Por qué lo hago así?, Desde dónde lo hago?, ¿Qué motivaciones me mueven en la función administrativa?, soy imparcial en el ejercicio de mis funciones?, soy objetivo a la hora de sopesar y dimensionar el impacto de una acción?, .

Estos interrogantes podrán dilucidar más allá de todo control, mi conducta en relación a otras, y su objetivización a la hora de analizar, ajustar, determinar y analizar tipos administrativos de dirección, y su relación con códigos éticos necesarios en toda relación de servicio y función social.